lunes, 14 de febrero de 2022

Mejoras introducidas en el Ingreso Mínimo Vital.


Alfonso Muñoz, valora los compromisos del Gobierno de España con los más vulnerables.

Alfonso Muñoz, Senador por Córdoba, resalta que “una de las principales novedades introducidas en el trámite parlamentario y que incluye la recién aprobada Ley del Ingreso Mínimo Vital, publicada en el BOE del pasado 21 de diciembre, es la entrada en vigor del nuevo COMPLEMENTO DE AYUDA PARA LA INFANCIA como un instrumento clave para luchar contra la pobreza infantil.”

Según detalla el Senador socialista, “este complemento se abonará desde el 1 de febrero a los perceptores del IMV y otras familias con rentas bajas en función del número de menores de edad miembros de la unidad de convivencia, de la edad cumplida por estos y con arreglo a los siguientes tramos: Menores de tres años: 100 euros. Mayores de tres años y menores de seis años: 70 euros. Mayores de seis años y menores de 18 años: 50 euros.”

Alfonso Muñoz, ponente de esta Ley en el Senado, puntualiza que “la unidad de convivencia puede tener derecho a este nuevo complemento, siempre que no supere el 300% de la renta garantizada y el 150% del límite de patrimonio establecido para el IMV. Tampoco debe superar 6 veces la renta garantizada de un adulto o el incremento que corresponda para la unidad de convivencia.”

Muñoz, también ha valorado positivamente las facilidades para poder comprobar si se tiene derecho a este nuevo complemento, ya que según ha indicado “el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha habilitado un simulador en su página web”, enfatizando a continuación que “no es necesario que lo soliciten los perceptores del IMV, los beneficiarios de la prestación familiar con hijo a cargo y que cumplan los requisitos, ya que en estos supuestos se reconocerá de oficio por parte del INSS, con efectos económicos 1 de febrero de 2022.”

El Senador del PSOE de Córdoba, ha explicado otras novedades introducidas en el IMV, “el importe de la renta garantizada se incrementará en un 22% en el caso de que algún miembro de la unidad de convivencia tenga discapacidad igual o superior al 65%, se reduce el tiempo mínimo de convivencia de un año a seis meses, a los beneficiarios individuales menores de 30 años el requisito de vida independiente se reduce de 3 a 2 años y las personas de entre 18 y 22 años que provengan de centros residenciales de protección de menores podrán acceder al IMV sin necesidad de acreditar ningún año de vida independiente.”

Para finalizar, Alfonso Muñoz ha destacado “el compromiso del Gobierno de España con los más vulnerables, poniendo medidas contra la pobreza infantil, la exclusión social y las desigualdades, recalcando que a finales de año había en Córdoba un total de 22.757 beneficiarios del IMV, a los que con esta prestación se les garantiza un nivel mínimo y fundamental de rentas.”

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